Pedriza – Zonas prohibidas de escalada

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Por «Resolución Legal» bocm-20180517-21,  y sin ningún tipo de dudas o interpretaciones, se ha publicado en el Boletin Oficial de La Comunidad de Madrid, las zonas prohibidas para la escalada en la Pedriza de Manzanares…

RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 2018, del Director General del Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se regula el uso público en el paraje de La Pedriza del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama durante el periodo de cría de rapaces rupícolas de 2018.
La presencia de nidos de halcón peregrino (Falco peregrinus), águila real (Aquila chrysaetos) y buitre leonado (Gyps fulvus) en el macizo de la Pedriza (anterior y posterior) y la necesidad de conservar estas aves en su período más sensible (el de cría) preservándolas de las molestias que les pudieran ocasionar, con su simple presencia, los senderistas y escaladores que utilizan itinerarios y riscos en los que las aves han localizado su nido, justifica la necesidad de regular la actividad en dichas zonas. El Parque Nacional posee una riqueza inusual en zonas de escalada de gran tradición, muchas de ellas únicas por su variedad, calidad y estilo de escalada, lo que convierte a ciertas escuelas de escalada en un referente de fama internacional. La escalada en los últimos años, como el resto de las actividades en la naturaleza, ha visto incrementado el número de practicantes, en ocasiones con cifras que “a priori”, parecen poco compatibles con la conservación. Por este motivo es imprescindible una regulación que asegure el disfrute de esta actividad de forma que no se alteren los principios que rigen la gestión de un Parque Nacional. Cuando una actividad se masifica, aunque sea en lugares muy concretos y de forma puntual, tiene que ser regulada para evitar mayores perjuicios.
La masificación de la escalada, sin entrar en otros factores de conservación, ya constituye por sí mismo en un importante factor que justificaría una regulación. Esta regulación puede abarcar distintos niveles y grados, pudiendo ir desde una prohibicióntemporal de vías de escalada, sectores, rutas de descenso y los accesos a ciertos sectores, hasta su prohibición total en determinadas zonas. Las regulaciones pueden no provenir directamente de la existencia de nidos en el sector concreto, sino de otros impactos ambientales como puedan ser la suma del número de escaladores junto con el resto de visitantes, los posibles deterioros en la roca, daños en la base de la pared o en los senderos de acceso.
Por ello, en la presente resolución se listan las zonas en las que, por la presencia de nidos, se restringe temporalmente el acceso de senderistas y escaladores. Estas zonas serán de tres tipos, unas en las que solo se restringe la escalada por vías (B1) concretas, otras en las que las posibles molestias afectan a especies más sensibles, que requieren la restricción temporal de todo el sector (B2) y otras (B3) donde es el uso de los senderos que pasan por determinados riscos los que pueden provocar molestias. El período sensible en el que se
debe regular el uso público en La Pedriza es desde el mes de enero hasta el de julio ambos inclusive. Fuera de las zonas y períodos señalados se permite la práctica de la escalada, la escalada de bloques y el rápel siempre de acuerdo con el resto de normativa y con el permiso de la propiedad si el terreno es privado.
Visto el informe del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama. En consecuencia, en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 5.1 b) puntos 5 y 7 del Decreto 194/2015, de 4 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio y por la Ley 7/2013, de 25 de junio, de declaración del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama
y, por su disposición transitoria única que establece la vigencia de los instrumentos de gestión previos a la declaración del parque, por el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares, B.O.C.M. Núm. 117 JUEVES 17 DE MAYO DE 2018 Pág. 53  BOCM-20180517-21
BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
RESUELVO
Primero
Regular la actividad de la escalada en las vías y sectores que se definen en el Anexo I de esta resolución, donde no se podrá realizar esta actividad entre la fecha de la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y el 31 de julio de 2018.
Segundo
Establecer un sistema de información al escalador mediante señales en las propias vías y sectores, señales indicativas en aparcamientos y zonas de acceso, comunicación del personal del Parque Nacional en centros de visitantes y puntos de control de acceso y cuantos medios de comunicación se puedan articular para que esta regulación sea conocida.
Tercero
La presente Resolución surtirá efectos desde la fecha de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 3 de mayo de 2018.—El Director General del Medio Ambiente, Diego
Sanjuanbenito Bonal.
Pág. 54 JUEVES 17 DE MAYO DE 2018 B.O.C.M. Núm. 117
BOCM-20180517-21
https://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791
BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
ANEXO I
LISTADO DE ZONAS REGULADAS POR ÉPOCA DE CRÍA Y REPRODUCCIÓN DE AVES RUPÍCOLAS
EN EL PARQUE NACIONAL DE LA SIERRA DE GUADARRAMA, TEMPORADA 2018
PERIODO DE NIDIFICACIÓN COMPRENDIDO ENTRE EL 1 DE ENERO Y EL 31 DE JULIO, AMBOS INCLUSIVE
ESCALADA REGULADA
PEDRIZA ANTERIOR
SECTOR REGULACIÓN
Cancho Cofre o La Cripta B2. Afecta a todo el sector
El Indio B1. Afecta a 10 vías:
· Ticiano II
· Sabratah
· Mari Carmen (Chimenea)
· Chapas Negras
· Farinelli el Castrado
· Ticiano III
· Escaramouche
· Elena
· Inma-Mar
· Chimenea
El Reloj B1. Afecta a 9 vías:
· Guapita
· Anónima
· La Senda del Tigretón
· La Caja de Pandora
· Codan el Bárbaro
· Los Templos del Vicio
· El Egido nos ha Vencido
· Phoskitomanía
· Master Blaster
Los Fantasmas B2. Afecta a todo el sector
Peña Sirio B2. Afecta a todo el sector
Peñas Cagás B2. Afecta a todo el sector
Placas del Tamboril B1. Afecta a la vía Atiza y los proyectos que se encuentran a su derecha
Risco del Hueco de las Hoces B2. Afecta a todo el sector
PEDRIZA POSTERIOR
SECTOR REGULACIÓN
Cancho Centeno B2. Afecta a todo el sector
El Balcón B2. Afecta a todo el sector
El Cocodrilo B2. Afecta a todo el sector
El Pájaro B1. Afecta a 1 vía:
· Vía Este o Pedro Ramos
Risco del Llanero o Mogote de la Dehesilla B2. Afecta a todo el sector
Risco de las Nieves B2. Afecta a todo el sector
Risco de la Ventana B2. Afecta a todo el sector
LOS PORRONES
SECTOR REGULACIÓN
Torreta de los Porrones o Peña del Águila B2. Afecta a todo el sector
LA NAJARRA
SECTOR REGULACIÓN
Peña Horcones B2. Afecta a todo el sector
VIALES REGULADOS
VIAL REGULACIÓN
Sendero de Peña Horcones B3. Afecta a todo el vial
Ruta de las Cabras B3. Afecta a todo el vial
* B1: Zonas donde se prohíbe la escalada temporalmente, afecta a un número determinado de vías de escalada.
* B2: Zonas donde se prohíbe la escalada temporalmente, afecta a un sector de escalada.
* B3: Zonas donde se prohíbe el tránsito temporalmente, afecta a un vial.
(03/15.649/18)

 

 

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